lunes, 14 de febrero de 2011

Propiedad horizontal: cerramiento de terreza



Hoy quiero mencionaros y daros a conocer una novedad jurisprudencial en cuanto a la propiedad horizontal que ha venido a establecer el tribunal Supremo sobre el tema, tan problemático y objeto de discusión como es el tema del cerramiento de terrazas en las Comunidades de Propietarios.

Pues bien, la sentencia del Tribunal Supremo 413/2010, de 7 de julio, declara como doctrina jurisprudencial, que NO es válido que los Estatutos de la Comunidad de puedan autorizar genéricamente la realización de obras en las terrazas de los pisos destinados a vivienda que supongan la alteración de elementos comunes, sin perjuicio de que, como permite el artículo 12 de la Ley de Propiedad Horizontal, tal prohibición pueda cesar por acuerdo unánime de la Junta de Propietarios.